Re: [AF] ¿Para qué sirven las guardias?
Farmacia Antonio Rodríguez. Huétor-Tájar
arodriguezva en redfarma.org
Jue Dic 15 14:05:44 CET 2005
Hola:
He hecho una consulta a mi COF, y no encuentran jurisprudencia ni normas (al menos a nivel estatal y de Andalucía) después de las clásicas de...... 1966 (hace casi 40 años). En el Aranzadi no sale nada, ni siquiera por denegación de socorro (o no lo han encontrado). La ley del medicamento de 1990 dice (el subrayado es mío):
El Art. 108, 2 b) 15ª de la Ley del Medicamento (25/90) dice que es falta grave "la negativa a dispensar medicamentos sin causa justificada y la dispensación sin receta de medicamentos sometidos a esta modalidad de prescripción" y no distingue entre dispensación durante el tiempo de las guardias o durante el de apertura ordinaria.
Si alguien puede aportar algún dato, sentencia,... sobre este asunto sería de agradecer ya que somos muchas las farmacias que sólo atendemos recetas cuando estamos de guardia.
Saludos.
- Original Message -----
From: "N. Floro Andrés Rodríguez" <nicanorfloroandres qt redfarma.org>
To: "Lista de correo de Atención Farmacéutica" <af en listas.uninet.edu>
Sent: Monday, January 01, 2001 9:58 AM
Subject: Re: [AF] Para qué sirven las guardias. ¿Para qué sirven las guardias?
> Este tema: "Servicios de Guardia" y Servicios de Urgencias" ha sido muy
> discutido. Efectivamente, hay jurisprudencia condenatoria a farmacéuticos.....
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