[AF] responsabilidad en la sustitución

Eduardo Satué e.satue.000 en recol.es
Lun Jun 20 19:22:26 CEST 2005


El actual borrador de modificación de ley del medicamento contiene
varias lindezas para los que nos dedicamos al ejercicio de la botica.
Entre ellas se encuentra la modificación del artículo sobre sustitución.


Hasta ahora, un farmacéutico puede sustituir un medicamento por otro de
igual composición en situaciones justificadas. Teniendo en cuenta el
mercado farmacéutico español, donde existen más de quincemil
especialidades pertenecientes a más de setecientos principios activos,
evidentemente es imposible para la inmensa mayoría de las farmacias
disponer de todas ellas, y probablemente seamos muchas las que no
lleguemos a la mitad, sencillamente porque el costo sería tal que
obligaría a la farmacia a cerrar, sobre todo cuando los medicamentos
habituales que se dan en una farmacia pueden no llegar al diez por
ciento de los existentes. En este marco, existe la capacitación al
farmacéutico para sustituir cuando el paciente no puede esperar a
recibir la medicación encargada, algo habitual en el caso de los
farmacéuticos rurales. En mi zona, España profunda, a más de cien
kilómetros de cualquier ciudad de importancia sólo existe un reparto
diario y gracias.

Pues bien, la modificación parece consistir en que para que la
sustitución sea válida es preciso que el paciente firme también su
consentimiento. Sí, hemos leído bien, la señora de ochenta años
semianalfabeta, esa que cada vez que firma algo cree que puede acabar en
la cárcel por ello, deberá firmar por detrás de la receta para cambiarle
el ardine por la amoxicilina genérica. Todo esto me sugiere varias
preguntas:

- Si el paciente firma, ¿de quién es la responsabilidad de la
sustitución, del farmacéutico o del paciente? 

- teniendo en cuenta que los medicamentos sólo pueden sustituirse por
aquellos de idéntica composición,  si el paciente da su consentimiento y
firma atestiguándolo ¿para qué se necesita la firma a su vez del
farmacéutico?, 

- partiendo de la base de que la sustitución se realiza mayoritariamente
en condiciones de bioequivalencia y este debe ser el camino a seguir,
¿qué sentido tiene la exigencia de firma del paciente?, es más ¿qué
sentido tiene la bioequivalencia si hace falta que el paciente dé su
conformidad como si hubiera peligro de que se le diera gato por liebre?

- ¿cuál ha sido el problema hasta la fecha del actual modelo de
sustitución con respecto al paciente? Dudo que se puedan hacer muchos
malabarismos teniendo que sustituir por algo idéntico.

El incluir esta medida no deja de ser una disminución de la capacidad de
sustitución del farmacéutico. Claro que el paciente debe ser informado
de la sustitución, pero lo cierto es que obligar a firmar al paciente lo
único que va a levantar son recelos innecesarios, que el paciente
entenderá con buen criterio que la responsabilidad se traspasa del
farmacéutico a él y el problema será que la burocracia de la farmacia y
del médico se verá acrecentada porque al final lo que pasará es que o
bien el paciente esperará más de lo debido a que le llegue la medicación
o bien el paciente volverá al médico para que le cambie la receta por
aquello de lo que disponga la farmacia y que hasta ahora se solventaba
en la propia OF con muy buen criterio. Lo siento amigos, pero mucho me
temo que las llamadas de la administración a aumentar las
responsabilidades del farmacéutico en el seguimiento farmacoterapéutico
se ven seriamente ensombrecidas por medidas como estas que no dejan de
situar al farmacéutico a un nivel tan pobre con respecto al médico que
parecemos más la chacha que el profesional. Si uno no puede sustituir
algo bioequivalente con un mínimo de autoridad pues que autoridad vamos
a tener para decirle al médico que algo debería rectificarse.

La verdad es que no quiero ser malpensado y desecho de mí las ideas de
que esta es una moneda de cambio del ministerio de sanidad para
contentar a los médicos y sus recelos ante la sustitución farmacéutica
de la sagrada e intocable prescripción médica.

No es por dar consejos pero lo que yo haría con este cambio de ley es lo
siguiente:

- Creación de lista de medicamentos esenciales financiados por sanidad.
Los que no cumplan los criterios de riesgo/beneficio/costo fuera.
- Acuerdo nacional para establecer un ticket moderador de 50 céntimos de
euro por receta, es decir, un pensionista que consuma diez medicamentos
al mes (cifra poco superable) se gastaría 5 euros. 

Estas dos medidas por sí solas bastarían para contener e incluso
disminuir el gasto farmacéutico más que el odioso mareo de las bajadas
de precios, que no son más que malos parches y cabreo constante del
sector.

Respecto al control de medicamentos:

- obligación de prescribir por principio activo (sin apellido) ya que el
médico está obligado a indicar el tratamiento, no a determinar que
laboratorio gana más dinero y ya se ocupara la lista de medicamentos
esenciales de poner un precio de referencia adecuado
- eliminación de la posibilidad de descuentos en EFP, ya que no deja de
ser tal burrada para el URM que por suerte prácticamente nadie la pone
en marcha


Y no sigo con la trazabilidad porque sería muy largo

Saludos cordiales,

Eduardo Satué









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