[AF] perros en farmacias

Pedro del Río Pérez pedrodelrio en avired.com
Vie Jul 8 10:53:04 CEST 2011


Hola J. Alberto. Le trasladé la pregunta a un veterinario por si había algo
legislado al respecto sobre animales de compañía y su entrada a
establecimientos públicos (sanitarios o no) y copio su respuesta:

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Ley 11/2003, de 24 de noviembre, de Protección de los Animales.

Artículo 14. Acceso a establecimientos públicos.
1. Los animales de compañía podrán tener limitado su acceso a hoteles,
restaurantes, bares, tabernas y aquellos otros establecimientos públicos
en los que se consuman bebidas y comidas cuando el titular del
establecimiento determine las condiciones específicas de admisión,
previa autorización administrativa por el órgano competente. En este
caso, deberán mostrar un distintivo que lo indique, visible desde el
exterior del establecimiento.
2. En locales destinados a la elaboración, venta, almacenamiento,
transporte o manipulación de alimentos, espectáculos públicos,
instalaciones deportivas y otros establecimientos o lugares análogos
queda prohibida la entrada de animales.
3. No podrá limitarse el acceso a los lugares contemplados en los
párrafos anteriores a los perros destinados a suplir disfunciones visuales
de sus poseedores, en los términos establecidos en la normativa
vigente sobre el uso de perros guía por personas con disfunciones visuales.
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Saludos.
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Pedro del Río Pérez
León
pedrodelrio en uninet.edu
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----- Original Message ----- 
From: "j.a.carrasco"To: "AF (Uninet)"
Sent: Wednesday, July 06, 2011 7:11 PM
Subject: [AF] perros en farmacias


Hola
Ya se que no es una pregunta muy cientifica asi que ruego me disculpeis, 




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