[AF] Boletín Electrónico ESPECIAL - ALERTA Y REPORTE RPVF Nº194

daniel domosbian domosbian en gmail.com
Lun Mayo 8 17:40:19 CEST 2017


Estimados colegas les paso el Boletín Electrónico Especial, entre otras
cosas pueden descargar el Reporte de la RPVF n° 194
Cordiales saludos
Daniel Domosbian




 

 

Encabezados boletin electronico ESPECIAL (GIF)

La Plata, 5 de MAYO de 2017 – farmaceuticos en colfarma.org.ar –
www.colfarma.org.ar <http://www.colfarma.org.ar/> 

 

ALERTA DE LA RPVF

 

Red Provincial de Vigilancia Farmacéutica
Colegio de Farmacéuticos de la Pcia. de Bs. As. 
Las alertas de la RPVF son preparadas para ser interpretadas por
Farmacéuticos y otros profesionales de la salud.
Se autoriza la reproducción del presente alerta, citando la fuente.

 

logo RPVF Boletin Electronico

 

REPORTE Nº 194, Abril 2017

Red Provincial de Vigilancia Farmacéutica

 

Estimado Colega:

 

En esta oportunidad ponemos a su disposición el REPORTE Nro. 194
<http://colfarma.info/BFBDigital/wp-content/uploads/2017/05/Reporte-RPVF
-N°-194-ABRI2017.pdf>  de la 

Red Provincial de Vigilancia Farmacéutica, que contiene Informes de
Interés, Comunicados, Alertas, Disposiciones de la ANMAT, etc.

Todo el material incluido en este número corresponde al mes de ABRIL DE
2017. 

 

 

(haga clic aquí para ver el REPORTE Nº 194

<http://colfarma.info/BFBDigital/wp-content/uploads/2017/05/Reporte-RPVF
-N°-194-ABRI2017.pdf> )

 

 

Asimismo les informamos que los Reportes de la RPVF son preparados para
ser interpretados por Farmacéuticos y otros profesionales de la salud.
Se autoriza la reproducción del presente reporte, citando la fuente. No
deberá utilizarse este material con fines de propaganda, venta o
publicidad.

Ante Consultas e Informes sobre la RPVF, E-mail: rpvf en colfarma.org.ar

 

________________________________

 

Estimados Colegas: transcribimos la siguiente información  de ANMAT

 

 

ESPECIALIDADES MEDICINALES

 


Disposición N° 4010/2017
<http://www.anmat.gov.ar/boletin_anmat/BO/Disposicion_4010-2017.pdf>
(ANMAT) B.O. 02/05/17. Déjanse sin efecto los Anexos II, III y IV de la
Disposición ANMAT N° 5040/06. Apruébase el nuevo formulario para la
solicitud de autorización para la realización de estudios de
biodisponibilidad/bioequivalencia con las pautas y requisitos de
información y documentación que figura como Anexo I de la presente
disposición y forma parte integrante de la misma.


 


Disposición N° 4009/2017
<http://www.anmat.gov.ar/boletin_anmat/BO/Disposicion_4009-2017.pdf>
(ANMAT) B.O. 04/05/17. Apruebanse los requisitos y condiciones que deben
cumplir los Centros Asistenciales para ser autorizados a realizar
Estudios de Farmacología Clínica de Fase I y/o Bioequivalencia, que
figuran como Anexo I de la presente Disposición y que forma parte
integrante de la misma.


 


Disposición N° 4008/2017
<http://www.anmat.gov.ar/boletin_anmat/BO/Disposicion_4008-2017.pdf>
(ANMAT) B.O. 04/05/17. Sustitúyese el Artículo 2° de la Disposición
ANMAT N° 6677/10 el que quedará redactado de la siguiente manera
“ARTICULO 2°.- Establécese que una vez presentada y aceptada la
documentación a que se hace referencia en el régimen aprobado por el
artículo 1° de la presente Disposición, las áreas técnicas
intervinientes deberán expedirse en el término de 60 (sesenta) días
hábiles administrativos. Dicho plazo podrá ser suspendido toda vez que
se realicen objeciones y hasta tanto el interesado haga entrega del
total de la documentación y/o cumplimente todas las observaciones y/o
aclaraciones solicitadas. Una vez emitido el informe, dentro de los 10
(diez) días hábiles administrativos se extenderá el acto administrativo
correspondiente.”


 

Disposición 4277/2017 (ANMAT) B.O. 05/05/17. Prohíbese el uso y
comercialización en todo el territorio nacional, a excepción de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de todos los lotes del producto
rotulado como: “Agua Oxigenada 10 vol por 1000 cc, NUEVA ONIX” sin datos
de registro ante ANMAT. Motivo: No cumple la Disposición ANMAT N°
8417/16.

 

PRODUCTOS ALIMENTICIOS

 

Disposición 4263/2017 (ANMAT) B.O. 05/05/17. Prohíbese la
comercialización en todo el territorio nacional del producto:
“OPTI-MEN”, multivitamínico en tabletas, de Optimum Nutrition Inc, como
así también todo alimento que presente la hierba “saw palmetto (Serenoa
repens)” en su composición. Motivo: producto ilegal

 

Disposición 4275/2017 (ANMAT) B.O. 05/05/17. Prohíbese la
comercialización en todo el territorio nacional de los productos: “Fat
Destroyer, marca Lipo 6 Black, ultra concentrate cápsulas”, elaborado
por Nutrex Research Inc., “Dehydroepiandrosterone Supplement, marca
Ultimate Nutrition DHEA”, “Dietary Supplement, marca Black Mamba
Hiperpush”, “Dietary Supplement, marca Dablos ECA Fire Caps”, “Dietary
Supplement Super Thermogen, marca Muscletech Hydroxycut Hardcore”, “Fast
- Acting liquid capsule Nutrex Research, marca Lipo 6 Accelerated Fat -
Loss Formula” y “Suplemento dietario a base de Tribulus Terrestris,
Marca Star Nutrition, RNPA: 4049-26293. Motivo: producto ilegal

 

Disposición 4279/2017 (ANMAT) B.O. 05/05/17. Prohíbese la
comercialización en todo el territorio nacional del producto “Aceite de
Oliva”, marca Ángel del Olivar, elaborado y envasado en origen:
Aimogasta, RNPA N° 02-482211, RNE N° 21-001452, así como de todo
alimento del RNE citado. Motivo: producto ilegal

 

Disposición 4281/2017 (ANMAT) B.O. 05/05/17. Prohíbese la
comercialización en todo el territorio nacional del producto “Suplemento
dietético, ECOLOGICA - NATU-DIET, E.N.D. STEVIA E.N.D. CEREALES
ENDULZANTE NATURAL, La Paz, Bolivia”. Motivo: producto ilegal

 

Disposición 4284/2017 (ANMAT) B.O. 05/05/17. Prohíbese la
comercialización en todo el territorio nacional del producto “Aceite de
Oliva extra virgen”, marca: Olivares Verderó Premium, RNE N° 04003172,
RNPA N° 04030403, elaborador: Establecimiento Las Palmas, Cruz del Eje,
provincia de Córdoba, así como de todo alimento del RNE citado. Motivo:
producto ilegal

 

PRODUCTOS COSMÉTICOS

 

Disposición 4268/2017(ANMAT) B.O. 05/05/17

ARTÍCULO 1°.- Prohíbese el uso y comercialización de los productos
“ESENCIA NATAL gel sanitizante - elimina todas las bacterias - alcohol
en gel - jazmín tilo - alcohol en gel antibacterial sin acción
terapéutica, cont. neto 60 ml, MS y AS Res. 155/98, elaborador: 2755,
Industria Argentina”; sin datos de lote y fecha de vencimiento y
“ESENCIA NATAL naranja - jabón Cardam, peso neto 30 gr, RMS y AS 337/92,
leg. 1736, Industria Argentina”; sin datos de lote y fecha de
vencimiento.

ARTÍCULO 2°.- Instrúyase sumario sanitario al señor Marcelo Alejandro
MELNICK, D.N.I. 21925084, en su carácter de titular de la firma ESENCIA
NATAL, con domicilio en la calle General Julio A. Roca 930, piso 7,
departamento c, Vicente López, provincia de Buenos Aires, por el
presunto incumplimiento a los artículos 1° y 3° de la Resolución (ex MS
y AS) N° 155/98, el artículo 2° de la Disposiciones ANMAT N° 1108/99; el
artículo 6° de la Disposición ANMAT N° 959/2012 y la Disposición ANMAT
N° 374/2006. Motivo: producto ilegal

PRODUCTOS MÉDICOS

Disposición 4266/2017 (ANMAT) B.O. 05/05/17. Prohíbese el uso y
distribución de los siguientes productos médicos: a).- Punta para
desvastado artroscópico (punta de Shaver) grabada como “DYONICS”
rotulada como “ARTHROSCOPIC SURGERY BLADE / CUCHILLAS QUIRÚRGICAS
ARTROSCÓPICAS DYONICS, SMITH&NEPHEW”, sin datos de importador
responsable en Argentina; b).- Punta para desvastado artroscópico (punta
de Shaver) grabada como “DYONICS” rotuladas como “DYONICS, REPROCESSED
BY STRYKER SUSTAINABILITY SOLUTIONS”, sin datos de importador
responsable en Argentina; c).- Punta para desvastado artroscópico (punta
de Shaver) grabada como “DYONICS” rotuladas como “MEDLINE RENEWAL
DYONICS, REPROCESSED BY MEDLINE RENEWAL”, sin datos de importador
responsable en Argentina. Motivo: producto ilegal


ARANCEL


Disposición 4111/2017 (ANMAT) B.O. 05/05/17. Registro de Productores y
Productos de Tecnología Médica de los Productos Médicos. Arancel anual


Disposición 4112/2017 (ANMAT) B.O. 05/05/17. Arancel para el
mantenimiento en el Registro de Especialidades Medicinales
Comercializadas y No Comercializadas correspondiente al año 2016.


DOMISANITARIOS

 


Disposición 4262/2017 (ANMAT) B.O. 05/05/17. Exceptúase a los productos
de uso doméstico o domisanitarios de la aplicación de la Disposición
ANMAT N° 4377/01, procedimiento a llevar a cabo ante el Instituto
Nacional de Alimentos para la exportación.

________________________________


 

 

firma REINOSO

Farm. Isabel Reinoso

Presidente

Red Provincial de Vigilancia Farmacéutica
Colegio de Farmacéuticos de la Pcia. de Bs. As.

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COLEGIO DE FARMACEUTICOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

Calle 5 Nro 966 (1900) La Plata

Telefax (0221) 4290900 (líneas rotativas)

 

 

 



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