[AF] RE: Dispensación en hospitales
Eva
evamariaarmendariz en redfarma.org
Mar Sep 18 12:50:14 CEST 2007
Estimado Ramón:
Número 75 - Fecha: 16/06/2003
I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA
Disposiciones Generales. Decretos Forales
DECRETO FORAL 129/2003, de 26 de mayo, por el que se establece el horario de atención al público, el servicio de guardia y el cierre temporal por vacaciones de las oficinas de farmacia.
Artículo 1º. Objeto
b) Fuera del horario ordinario se garantizará la asistencia farmacéutica a la población de forma permanente, a través del establecimiento de turnos de guardia. Durante el mismo, el farmacéutico únicamente estará obligado a dispensar los medicamentos y productos sanitarios prescritos en receta medica en la que el facultativo hará constar la mención "urgente".
Saludos
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