[AF] RE: Dispensación en hospitales

Eva evamariaarmendariz en redfarma.org
Mar Sep 18 12:50:14 CEST 2007


Estimado Ramón:
Número 75 - Fecha: 16/06/2003

I. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA 
Disposiciones Generales. Decretos Forales 

DECRETO FORAL 129/2003, de 26 de mayo, por el que se establece el horario de atención al público, el servicio de guardia y el cierre temporal por vacaciones de las oficinas de farmacia.

Artículo 1º. Objeto

b) Fuera del horario ordinario se garantizará la asistencia farmacéutica a la población de forma permanente, a través del establecimiento de turnos de guardia. Durante el mismo, el farmacéutico únicamente estará obligado a dispensar los medicamentos y productos sanitarios prescritos en receta medica en la que el facultativo hará constar la mención "urgente". 

Saludos




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