[AF] PDD SIN RECETA, ... PERO EN HORARIO DE URGENCIA

arodriguezva en redfarma.org arodriguezva en redfarma.org
Mar Sep 29 12:49:02 CEST 2009


Hola:
¿Y qué hacemos si viene a la Farmacia  una usuaria a las 3 de la madrugada
solicitando la PDD?(y me refiero a una Farmacia rural, que está de urgencia
casi todos los días del año).
Es un medicamento sin receta. Aplicando la legislación actual (de 1965-66;
no está derogada), en el servicio farmacéutico de urgencias sólo estamos
obligados a atender recetas. La Ley nos ampara. Pero si le digo a la
usuaria que vuelva a las 9 de la mañana cuando esté abierta la Farmacia,
que para evitar el embarazo tiene un margen de 72 horas (mejor 24 horas,
según he leído), que no es una urgencia, que no es necesario que se la tome
inmediatamente después de la práctica de riesgo,.....¿qué puede pasar?:
La Ley está de mi parte, pero al día siguiente salgo en los periódicos, que
si me he negado a dispensar la PDD, que si he hecho objeción de conciencia,
denuncias mediáticas, incluso denuncias en el Juzgado (aunque no prosperen,
o sí, ¿quién sabe?).
En fin, creo que lo más prudente es dispensarla, sea la hora que sea y ya
está.
Otra cosa: Aquí pongo el enlace del folleto para usuarias de la PDD:
http://www.msc.es/novedades/docs/090911_diaDespues.pdf
que no me ha llegado a través de mi Colegio (por que no lo han mandado ni
del Ministerio ni del SAS).
Saludos.




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