[AF] LACTOSA EN MEDICAMENTOS

Mariano Madurga mmadurgasanz en gmail.com
Dom Sep 22 14:18:59 CEST 2013


Estimad en s tod en s, os remito información que puede ser de utilidad:

*“NORMAS SANITARIAS DE ETIQUETADO Y MARCADO DE LOS PRODUCTOS ALIMENTICIOS”*(
http://www.euskadi.net/r33-2732/es/contenidos/informacion/sanidad_alimentaria/es_1247/adjuntos/normasSanitariasEtiquetado_c.pdf
)

De este texto recopilatorio de toda la normativa actual en España, destaco
esta lista de sustancias alergénicas que deben identificarse en el
etiquetado de los alimentos y,  paradójicamente, no está obligada su
descripción en los medicamentos, salvo algunos (gluten, lactosa, sulfitos)
o salvo que se describa en el prospecto en “contraindicaciones” y/o
“precauciones”, por ejemplo, el origen de la glucosamina es de marisco, por
lo que debe tenerse en cuenta en personas alérgicas al marisco, tal como se
indica en “contraindicaciones”.

*Alérgenos.* El anexo V (relación alérgenos) añadido al R.D. 1334/1999 por
el R.D. 2220/2004 se modifica finalmente por el establecido en el R.D.
1245/2008 (de 18 de julio, B.O.E nº 184, de 311/7/2008):

1.- Cereales que contengan gluten (trigo centeno, cebada, avena, espelta,
kamut o sus variedades híbridas) y productos derivados, salvo: a) jarabes
de glucosa a base de trigo, incluida la dextrosa b) maltodextrinas a base
de trigo c)jarabes de glucosa a bases de cebada o de cereales utilizados
para hacer destilados o alcohol etílico de origen agrícola para bebidas
alcohólicas.

2.- Crustáceos y productos a base de crustáceos.

3.- Huevos y productos a base de huevos.

4.- Pescado y productos a base de pescado, salvo: a) gelatina de pescado
utilizada como soporte de vitaminas o preparados carotenoides b) gelatina
de pescado o ictiocola utilizada como clarificante en la cerveza y el vino.

5.- Cacahuetes y productos a base de cacahuetes.

6.- Soja y productos a base de soja, salvo: a) aceite y grasa de semilla de
soja totalmente refinados; b) tocoferoles naturales mezclados (E306),
d-alfa tocoferol natural y succinato de d-alfa tocoferol natural derivados
de soja; c) fitosteroles y ésteres de fitosterol derivados de aceites
vegetales de soja; d) esteres de fitostanol derivados de fitosteroles de
aceites de semilla de soja.

7.-Leche y sus derivados (incluida lactosa), salvo:  a) lactosuero
utilizado para hacer destilados o alcohol etílico de origen agrícola para
bebidas alcohólicas b) lactitol.

8. Frutos de cáscara, es decir almendras, avellanas, nueces, anacardos,
pacanas, castañas de Pará, pistachos, macadamias y nueces de Australia
(Macadamia ternifolia y productos derivados, salvo: a) nueces utilizadas
para hacer destilados o alcohol etílico de origen agrícola para bebidas
alcohólicas.

9.- Apio y productos derivados.

10.- Mostaza y productos derivados.

11.-Granos de sésamo y productos a base de granos de sésamo.

12.- Dióxido de azufre y sulfitos en concentraciones superiores a 10 mg/kg
o 10 mg/litro expresado como SO2.

13.-Altramuces y productos a base de altramuces

14.- Moluscos y productos a base de moluscos

* *

*De la AFEPADI (Asociación de las Empresas de Dietéticos y Complementos
Alimenticios, www.afepadi.org)*

Esta ficha de datos para cotejar el cumplimiento de la normativa española
actual:

http://www.complementosalimenticios.info/attachments/article/23/Ficha_etiquetado_RealDecreto1334-1999.pdf

Po último, os adjunto la página web de la OCU (Organización de Consumidores
y Usuarios, de España) con información general a este respecto:

·        Etiquetado: qué, cómo, de qué forma, y a partir de cuándo debe
armonizarse el etiquetado:
http://www.ocu.org/alimentacion/alimentos/informe/el-etiquetado-nutricional-de-los-alimentos391924/1


Un abrazo,

Mariano Madurga




> El 21 de septiembre de 2013 21:19, Manuel Mares escribió:
> 
> He estado repasando la legislación aplicable a los complementos



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