[AF] Y, ¿qué opina el Ministerio?
Eduardo Satue
e.satue.000 en recol.es
Jue Nov 3 11:49:11 CET 2016
El problema no es tanto si se puede sustituir o no sino cual es el
planteamiento que hace la SEN: "solo nosotros podemos hacerlo".
Desde un planteamiento sanitario lo suyo sería plantear algo así "dado
que parece (los datos no son todavía concluyentes) que en algunos
pacientes la sustitución de ciertos antiepilépticos por sus
bioequivalentes puede generar problemas de ajuste de dosis se
recomienda: 1. evitar en lo posible la sustitución en esos grupos 2. en
caso de ser necesaria la sustitución, establecer un protocolo de
seguimiento 3. avisar a FV de las incidencias detectadas. A su vez, en
colaboración con las autoridades se iniciará un estudio que evalúe si se
dan las condiciones para incluir este grupo de fármacos en aquellos de
estrecho margen terapéutico. Agradecemos a todos los profesionales su
colaboración" que es algo distinto a decir "solo yo sé de esto, no
toques nada".
Hay una gran casuística y compartimentar la atención primaria es algo
poco recomendable que debe hacerse solo en situaciones límites. La
estrategia de actuación en primaria y en cronicidad generalmente debe
pasar por la colaboración de equipo de salud, garantizar la continuidad
asistencial, organizarse en torno a guías y recomendaciones de actuación
y evaluar las actuaciones. Pensemos que en cuestiones de farmacocinética
no solo existe una posible variabilidad entre fármacos de estrecho
margen terapéutico sino también intraindividuales (en función de edad,
dieta, ejercicio, otras patologías...) que precisan un seguimiento,
analíticas etc de estos fármacos aunque no cambies el tratamiento.
El problema es que a menudo especialistas tienden a centrarse solo en la
patología del paciente que les atañe y desconecta de una visión global
del mismo y da la sensación que es lo que ha pasado con este documento
de la SEN.
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